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darse de alta en autonomos

Depender de uno mismo para bien y para mal. Trabajar por cuenta propia es una decisión que cada vez toma más gente para buscar una solución ante las pocas salidas y contrataciones estables que realizan las empresas. Aunque es algo completamente normal, sobre todo, cuando hablamos de pequeños negocios, los profesionales más apegados a las últimas tecnologías y los emprendedores también se lanzan a darse de alta y convertirse en empresa. El término anglosajón es freelance.

Para ello, hay que dirigirse principalmente a dos oficinas de la administración pública. Primero, acudir a Hacienda. La persona que quiera ser autónomo, debe rellenar los modelos 036 o 037 con sus datos personales o los de la empresa que vaya a crear. Tiene que especificar cuál va a ser el trabajo que va a realizar, la información fiscal que incluye el IRPF y el IVA y dónde estará ubicada la sede o, si se trata de teletrabajo, la dirección del domicilio del autónomo. Con esta documentación, ya estará inscrito en la lista de profesionales de la Agencia Tributaria. Todos estos trámites se hacen antes de ponerse manos a la obra con la actividad que se tenga en mente. Si se produce un cambio en cualquiera de las informaciones que solicitadas (otro tipo de trabajo, sede diferente), tiene que comunicarse.

Estos papeles serán obligatorios para completar el siguiente paso. No puede pasar más de un mes entre que la comunicación de alta y acudir a la Seguridad Social para solicitar el TA-0521, el modelo que piden para entrar a formar parte del cuerpo de autónomos (RETA). En este momento, se tiene que precisar qué entidad se encargará de cubrir los incidentes que se puedan dar mientras se está trabajando, el dinero que se va a cotizar y la información de la cuenta bancaria, de donde descontarán la cuota mensual.

Una vez terminadas ambas operaciones, ya podría empezar a trabajar por cuenta propia siempre que la actividad que realice no requiera poseer un local. Para estos supuestos, necesitamos más permisos y paciencia.

La sede del negocio tiene que cumplir con unas características y según el lugar, la capacidad y el trabajo que se lleve a cabo dentro supondrá invertir más o menos dinero a la hora de abrirlo. Este permiso tiene que pedirse en el ayuntamiento, al igual que si se quiere reformar un local para mejorarlo. Además de al consistorio, la Consejería de Empleo debe tener constancia también del personal que desarrollará la actividad en el local. Una condición obligatoria es el Libro de Visitas (lo hay también en formato electrónico) que puede ser consultado en cualquier momento por los inspectores de trabajo.